COLEGIO DIURNO TECNICO EN COMERCIO Y/O ELECTRONICA Y NOCTURNO POR CICLOS
   
  COLEGIO EL HOGAR
  Proyecto faltas y sanciones
 
PROYECTO FALTAS Y SANCIONES
 
Nuestra institución utiliza para quien infringe o incumple un deber, el conocimiento y la sabiduría como sanción.
El incumplir un deber es una falta disciplinaria, las cuales se clasifican de acuerdo con su naturaleza, efecto, modalidad, circunstancia, motivo determinado y antecedente personal en la institución, siendo estas leves, graves y gravísimas.
 
1.FALTAS LEVES
 
·        Mal manejo de basuras y desperdicios.
·        Consumir alimentos o masticar chicle en los salones de clase.
·        Interferir el normal desarrollo de las clases.
·        Tener mala presentación personal.
·        No portar el uniforme completo y de forma debida.
·        Accionar el timbre o campana de la Institución sin previa autorización.
·        Romper o lanzar las hojas de las evaluaciones o de cualquier otro trabajo por su inconformidad con la evaluación obtenida.          
·        Dejar      las llaves del agua abiertas, utilizar ventiladores y bombillas en horas no requeridas.           
·        Mala       utilización de los baños, tirando papeles y toallas higiénicas al piso.
·        En la institución esta prohibido las manillas con el uniforme.
·        El incumplir el horario de ingreso al colegio y al salón ( 6:50 am).
·        De los deberes de los alumnos encontramos otras faltas que dependiendo de la naturaleza y del punto de vista de los directivos y consejo académico se ubican en el tipo de las leves.
 
Nota: El Observador del Alumno: Es una carpeta que es responsabilidad exclusiva del Coordinador Disciplinario, el cual consta de la hoja de vida del alumno y un formato estándar para poner la observación o sanción, esta dividido en faltas leves, graves y gravísimas.
 
Observación: Es el incumplimiento de una norma o un deber por parte del estudiante, cualquier docente de primaria, bachillerato o trabajador que observe que el alumno cometió la falta, tiene el deber de informar al Coordinador Disciplinario sobre la irregularidad.
 
SANCIÓN:
 
En el momento que el alumno incumpla un deber de los mencionados en faltas leves, de inmediato el docente o trabajador le informa al Coordinador Disciplinario para que llene el formato de la falta leve, con fecha y hora, corto relato, firma del docente o trabajador, firma del Coordinador y Firma del alumno aceptando el hecho, si el alumno se niega a firmar, firma un directivo como testigo.
 
Las faltas leves se acumulan, tres faltas leves, dan como resultado una falta grave además baja la nota de disciplina en 0.1 al resultado final del periodo.
 
2.FALTAS GRAVES
 
·        Participar o incitar a otros a tomar parte en actos que atenten contra los compromisos adquiridos por los educandos y la marcha normal del establecimiento.
·         Salir o ingresar a un salón de clase sin autorización del profesor(a).
·         Ingresar a un salón de clases sin autorización cuando en éste no se encuentren ni los educandos ni el profesor.
·         En horas de clase estar por fuera del salón sin autorización del profesor respectivo.
·         No portar el uniforme.
·         Negarse a recibir clases sin causa justificada, individual o colectivamente.
·         No acatar órdenes impartidas por los directivos y profesores de la institución cuando están en cumplimiento de sus deberes.
·        No tener interés en la clase impartida por el docente (Somnolencia, sueño, alicoramiento o dopaje).
·         Ingresar o salir de la Institución sin autorización.
·         Hacer burlas o mofas durante actos de comunidad o de cualquier naturaleza.
·         Presentarse a hablar a un curso diferente al suyo sin la debida autorización.
·         Incumplir con el horario de entrada a la Institución o clases sin justificación.
·         Proferir vocablos soeces, burla y todo cuanto sea contrario a las buenas maneras que deben observar los educandos.
·         Realizar y Participar en actos que atenten contra la moral dentro y fuera de la Institución.
·         Escribir y/o dibujar en paredes, muebles, puertas, baños o en cualquiera otra parte de la Institución.
·        De los deberes de los alumnos encontramos otras faltas que dependiendo de la naturaleza y del punto de vista de los directivos y consejo académico se ubican en el tipo de las graves.
 
SANCIÓN:
En el momento que el alumno incumpla un deber de los mencionados en faltas graves, de inmediato el docente o trabajador le informa al Coordinador Disciplinario para que llene el formato de la falta grave, con fecha y hora, corto relato, firma del docente o trabajador, firma del Coordinador y Firma del alumno aceptando el hecho, si el alumno se niega a firmar, firma un directivo como testigo.
 
Las faltas graves se acumulan, tres faltas graves, dan como resultado un día de suspensión, si el alumno reincide en las faltas graves el proceso es el siguiente:
 
·        Tres faltas graves dan una sanción de 1 día en el hogar familiar y se le informa a los padres y/o acudiente de la sanción.
·        Reincidir en otras tres faltas graves dan una sanción de 2 días en el hogar familiar y se le informa a los padres y/o acudiente de la sanción.
·        Reincidir en otras tres faltas graves dan una sanción de 3 días en el hogar familiar y se le informa a los padres y/o acudiente de la sanción, preavisándolos de lo grave que es la situación con el alumno.
En este momento, que el alumno a acumulado nueve faltas graves, al cometer otra falta grave de inmediato se inicia un proceso de sanción de una falta gravísima.
Como es una falta gravísima producto del acumulado de faltas graves se pone matricula condicional.
 
Nota: Matricula Condicional: Es un acta la cual hace referencia, que después de haberse reunido el consejo académico y directivo, y por los continuos actos de indisciplina y por bajo nivel académico, se toma la decisión de, si el alumno reincide en una falta leve, grave o gravísima de inmediato se hace cancelación de matricula.
Tres faltas graves además producen la perdida del área de disciplina del periodo.
 
3.FALTAS GRAVISIMAS
 
·        Agredir de hecho a cualquier persona de la Institución.
·        Las peleas dentro y fuera de la institución con el uniforme representativo al colegio.
·         Destruir el mobiliario, laboratorios, material de enseñanza, carteleras, servicios sanitarios, plantas y demás enseres y bienes de la Institución.
·         Utilizar el nombré de la Institución sin la debida autorización para efectuar paseos, citas, agasajos, rifa, bailes u otras actividades.
·         Adulterar, dañar o sustraer notas, exámenes u otros documentos de la Institución o la falsificación de firmas.
·        Portar y utilizar armas, pólvora, detonantes, sustancias químicas y otros elementos que atenten contra la integridad de las personas o cosas de la Institución.
·         Apropiarse de dineros o implementos de las personas o de la institución.
·         Ingerir o traficar sustancias psicotrópicas, bebidas embriagantes, cigarrillos o otras que puedan causar dependencia.
·         La amenaza, el chantaje, venganza el boleteo contra los compañeros u otros miembros de la comunidad.
·         El acoso sexual.
·        De los deberes de los alumnos encontramos otras faltas que dependiendo de la naturaleza y del punto de vista de los directivos y consejo académico se ubican en el tipo de las gravísimas.
 
SANCIÓN:
En el momento que el alumno incumpla un deber de los mencionados en faltas gravísimas, de inmediato el docente o trabajador le informa al Coordinador Disciplinario para que llene el formato de la falta gravísima, con fecha y hora, corto relato, firma del docente o trabajador, firma del Coordinador y Firma del alumno aceptando el hecho, si el alumno se niega a firmar, firma un directivo como testigo.
Luego, urgente se reúnen el Consejo Académico, el Consejo Directivo, Coordinador Disciplinario, Vicerrector y Rector(a), y se procede de inmediato a estudiar el caso del alumno(a) en su totalidad; y de acuerdo al deber incumplido, existen dos clases de sanción.
·        CANCELACIÓN DE MATRICULA: Cuando la falta gravísima posee circunstancias muy graves, de inmediato los entes reunidos hacen un acta y toman la decisión de cancelar la matricula del estudiante, suprimiendo pasos del debido proceso.
·        SUSPENCIÓN TEMPORAL POR UNA SEMANA: Cuando la falta gravísima no tiene claridad en los hechos, se toma la decisión de suspender el estudiante una semana, cinco días hábiles, después de ese tiempo se vuelve a reunir todos los entes directivos y académicos, para revocar la decisión o para ratificar la cancelación de la matricula, si se revoca la decisión, se pone matricula condicional.
4.CANCELACIÓN DE MATRICULA DURANTE EL AÑO LECTIVO
 
Este iten requiere una sanción más rápida, aunque también se mira la clase de falta cometida y el estudio que se da por parte de los consejos directivo y académico.
 
Para cancelar la matrícula se tienen en cuenta tres procesos:
 
a)      Que el alumno contemple una sanción proveniente de las faltas gravísimas con su respectivo proceso.
b)      Que el alumno después de pasar por el proceso de la sanción de una falta gravísima se le coloque matrícula condicional y reitere en una nueva sanción.
c)      Que el alumno antes de la matrícula se le coloca una condición para poder ser admitido y matriculado, Llamándose matricula condicional y durante el año no puede cometer ninguna falta leve, ni grave y ni mucho menos gravísima.
 
 
5.PERDIDA DEL CUPO. NO RENOVACION DEL CONTRATO DE MATRICULA.
 
Se da en situaciones especiales cuando el juicio del colegio directivo, una falta gravísima amerite esta situación.
PARAGRAFO 1: Ante la situación de contravención de la norma de lo referente a consumo de sustancias psicoactivas, el colegio concertara con lo padres de familia y el alumno la ausencia temporal del colegio con suspensión de matricula hasta que una institución plenamente reconocida apoye al estudiante en la superación de esta situación y conceptúe que el alumno puede reingresar al plantel por cuanto su situación personal sea normalizado.
PARAGRAFO 2: El estado de embarazo es considerado en la Institución como situación especial. La alumna queda automáticamente en un programa de atención domiciliaria y será atendida a distancia por los docentes.
El colegio se reserva el derecho a renovar o no la matricula, previo estudio del caso y previa información.
 
   
 
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